POLÍTICA DE INGRESO AL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO, ADQUISICIÓN DE ENTRADAS, RECLAMACIONES Y DEVOLUCIONES DE LA EMPRESA B&A GROUP SAS

En atención a la normatividad vigente en materia de adquisición de entradas devoluciones y derecho de retracto,  B&A GROUP SAS informa a sus clientes, consumidores y terceros en general la POLÍTICA DE INGRESO AL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO, ADQUISICIÓN DE ENTRADAS, Y  DEVOLUCIÓN para todos los efectos legales y contractuales vigentes, en los siguientes términos:

PRIMERO: OBJETO DE LA POLÍTICA:

Regular las condiciones de ingreso al establecimiento de comercio y de compra, uso y devolución de entradas para eventos públicos realizados en el establecimiento, garantizando los derechos de los consumidores conforme a la Ley 1480 de 2011 y a las directrices de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

 

SEGUNDO: POLÍTICA DE ADQUISICIÓN DE ENTRADAS

Información clara y veraz

Antes de la compra, el consumidor recibirá información completa sobre:

  • Nombre del evento
  • Fecha, hora y lugar
  • Precio total (incluidos impuestos, cargos por servicio o boletería)
  • Condiciones de acceso (edad mínima, restricciones de consumo, dress code si aplica)
  • Esta información se entrega de conformidad con la Ley 1480 de 2011.

Medios de adquisición:

– Las entradas podrán adquirirse en:

  • Taquillas oficiales del establecimiento
  • Plataformas virtuales autorizadas
  • El consumidor recibirá comprobante físico o digital que constituye el título de ingreso.

Condiciones de uso

  • La entrada es personal e intransferible salvo disposición expresa del organizador.
  • Está prohibida su reventa por canales no autorizados.
  • La falsificación o manipulación invalida automáticamente el acceso sin derecho a devolución.
  • El precio de las boletas y/o mesas puede variar en cualquier momento según la demanda.
  • La boletería estará disponible únicamente a través de los canales oficiales de B&A GROUP SAS.
  • Prohibido el ingreso a menores de edad. Se solicitará documento de identidad en el ingreso.
  • La venta por mesas (zonas Diamante y Plata) se realiza únicamente por mesa completa, no por puesto individual.
  • Si la mesa es de 4 puestos, se debe adquirir el valor total correspondiente a los 4 puestos.
  • Si la mesa es de 6 puestos, igualmente se debe adquirir el valor total de la mesa.
  • Estas zonas incluyen consumo mínimo obligatorio de botella de alta gama o licor premium, según carta oficial del evento (valor según portafolio publicado).
  • El consumo mínimo aplica exclusivamente para botellas de alta gama o licores premium.
  • No aplica para barra estándar, bebidas no alcohólicas ni alimentos.
  • El consumo debe redimirse únicamente durante el evento y no es reembolsable, transferible ni acumulable para futuras fechas.
  • Se recomienda llegar con anticipación para el control de ingreso y ubicación.
  • En el mapa de zonas, las áreas marcadas con el ícono de ojitos indican zonas de vista restringida. Esto significa que la visibilidad del escenario puede verse afectada por montaje, pantallas, luces o sonido. Al comprar, el cliente acepta esta condición y no habrá reclamaciones por este concepto.
  • El establecimiento cuenta con zonas y accesos para personas con movilidad reducida (informar al momento de la compra y al personal de logística).
  • No se recomienda el ingreso de mujeres en estado de embarazo debido a los riesgos derivados del volumen del sonido y las condiciones del evento. El ingreso será bajo su responsabilidad.
  • Se prohíbe el ingreso de armas, sustancias psicoactivas, objetos cortopunzantes o elementos que atenten contra la seguridad del evento.
  • La programación, horarios y artistas están sujetos a cambios por razones técnicas, climatológicas, de seguridad o decisiones de las autoridades.
  • Nos reservamos el derecho de admisión y permanencia.
  • Se le recomienda ingresar al establecimiento de comercio con anticipación a fin de garantizar el ingreso en condiciones de seguridad y tranquilidad, y poder ubicarlo (los) de forma cómoda y oportuna. 

CONDICIÓN DE CONSUMO MÍNIMO

  1. En determinados eventos públicos realizados en el establecimiento, y/o en días de operación comercial habitual se exigirá un consumo mínimo obligatorio como condición de acceso y permanencia.
  2. El valor del consumo mínimo será informado de manera clara, veraz y destacada antes de la compra de la entrada o boletería, e incluirá:
  • El monto exacto del consumo mínimo.
  • La modalidad de aplicación (por persona, mesa, palco o grupo).
  • La relación de productos o servicios que pueden redimirse con dicho valor.
  1. El consumo mínimo no constituye un cargo adicional oculto, sino un valor redimible en alimentos y/o bebidas ofrecidos por el establecimiento.
  2. En todo caso, el establecimiento garantizará al consumidor la posibilidad de ejercer su derecho de retracto en compras realizadas a distancia, así como la devolución del dinero en caso de cancelación del evento o modificación sustancial en las condiciones inicialmente informadas.
  3. El incumplimiento de esta obligación de consumo mínimo por parte del cliente generará la imposibilidad de acceso o permanencia en el evento, sin derecho a devolución del valor de la boletería, salvo que medie una causal de responsabilidad atribuible al establecimiento.
  4. El establecimiento se compromete a que esta condición de consumo mínimo será publicitada en todos los canales de venta y publicidad (taquilla, páginas web, plataformas de boletería, redes sociales, material promocional), en cumplimiento de la Ley 1480 de 2011, artículos 23, 24 y 30, y del Capítulo Segundo del Título II de la Circular Única de la SIC.
  5. El consumo mínimo será exigible siempre que no configure una cláusula abusiva, prohibida por los artículos 37 y 42 de la Ley 1480 de 2011, razón por la cual:
  6. No podrá imponerse de manera desproporcionada.
  7. No podrá obligar al consumidor a pagar por servicios o productos no prestados ni entregados.
  8. Será nula de pleno derecho cualquier estipulación que limite injustificadamente los derechos del consumidor.
  9.  El establecimiento garantizará que el consumidor pueda ejercer su derecho de retracto en compras realizadas a distancia, así como la devolución del dinero en caso de cancelación del evento o modificación sustancial de las condiciones inicialmente informadas, en los términos del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 y el Capítulo Segundo del Título II de la Circular Única de la SIC.

Artículo 47.
Retracto. En todos los contratos para la venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco (5) días, se entenderá pactado el derecho de retracto por parte del consumidor En el evento en que se haga uso de la facultad de retracto, se resolverá el contrato y se deberá reintegrar el dinero que el consumidor hubiese pagado.

El consumidor deberá devolver el producto al productor o proveedor por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor.

El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco (5) días hábiles contados a partir de la entrega del bien o de la celebración del contrato en caso de la prestación  En todos los contratos para la venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco (5) días, se entenderá pactado el derecho de retracto por parte del consumidor En el evento en que se haga uso de la facultad de retracto, se resolverá el contrato y se deberá reintegrar el dinero que el consumidor hubiese pagado.

El consumidor deberá devolver el producto al productor o proveedor por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor.

El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco (5) días hábiles contados a partir de la entrega del bien o de la celebración del contrato en caso de la prestación de servicios.”

POLITICAS DE DEVOLUCION/ DERECHO DE RETRACTO

PRIMERO : Si el cliente no se presenta en el establecimiento de comercio y/o lugar designado para la realización del evento o presentación musical en la fecha y hora programada en la boletería, cover o publicidad no habrá lugar a devoluciones, cambios, o compensaciones de ningún tipo.

PARAGRAFO: Si el evento inicia pero no puede concluirse por causas de fuerza mayor (fallas eléctricas, órdenes de autoridad, calamidad pública), el organizador evaluará un reembolso proporcional al tiempo no disfrutado, aplicando el principio de equidad contractual (Art. 42 Ley 1480).

SEGUNDO: B&A GROUP SAS se obliga con el cliente a devolver el costo correspondiente a adquisición de la entrada sin incluir comisiones por servicio ni cargos adicionales, en los siguientes casos y de conformidad con los siguientes procedimientos:

1.1. Se ejerza el derecho de retracto o la opción de reversión de pago por parte del cliente, en los términos y condiciones señaladas en los artículos 47 y 51 de la Ley 1480 de 2011, tal y como se indica en el numeral cuarto de esta política.

1.2. En caso de cancelación total del evento por parte del organizador, el cliente deberá seguir el procedimiento que más adelante señala para solicitar su reembolso de la totalidad de lo pagado dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de cancelación.

1.3. En caso de que el evento sea suspendido (entendiéndose por suspensión, cuando ya se haya dado inicio el evento y no es posible su continuación) por causa de fuerza mayor o caso fortuito, como fenómenos naturales, impedimentos legales o materiales, no procederá el reembolso o cambio alguno para el cliente.

1.4. En caso de que el evento sufra modificación y/o cambio de fecha, el cliente podrá solicitar el reembolso del total del dinero pagado como mínimo 5 días antes de la realización del evento. En caso de no solicitar el reembolso en dicho periodo, B&A GROUP SAS entenderá que el cliente está de acuerdo con la nueva fecha programada, y por tanto no procederá ningún reembolso ni reclamación posterior.


SEGUNDO:
El cliente acepta que la información relativa al evento, número de boletas, ubicaciones, valor de la boletería, condiciones de acceso, fechas y horas del evento, han sido revisadas previamente a la compra que realiza, en tal virtud B&A GROUP SAS no está obligado hacer cambios o devoluciones de dinero por error del cliente en la selección de fechas, horas, valores, palcos, mesas, ubicación  o cualquier otra circunstancia relacionada con el evento que dependa de la libre y autónoma selección del cliente.


TERCERO:
Es responsabilidad exclusiva del cliente el cuidado de la boletería si esta es física a fin de evitar su deterioro,  B&A GROUP SAS no está obligado a reponer tiquetes, boletas, manillas, covers perdidos, deteriorados, rotos o hurtados, ni enviados incorrectamente por mail, o descargados por qr que no se encuentren activos o que hayan sido enviados a terceros. 


CUARTO: DERECHO DE RETRACTO

En todas las ventas de boletería o asistencia para eventos realizadas por internet o medios digitales, o a distancia se entenderá pactado el DERECHO DE RETRACTO de conformidad con lo estipulado en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, estatuto del consumidor. Así en caso de que el cliente decida ejercer el derecho de retracto deberá solicitarlo a través del centro de atención telefónica 3214847329 o mail correo community@lachula.com.co máximo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la adquisición de las boletas, cover, manillas a fin de ejercer el derecho de retracto.

Se reintegrará el dinero pagado por concepto de asistencia al evento y por concepto de cargo por servicio de boletería.

En caso de boletería física el cliente deberá devolver las boletas en las mismas condiciones en que la recibió ya sea por medio de mensajería o entregándolas en la taquilla u oficina en las que la reclamó

Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución de la boleta serán cubiertos exclusivamente por el cliente.

QUINTO: REVERSIÓN DE PAGO: De conformidad con los términos señalados en el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011 y el Decreto 1074 de 2015 (único reglamentario del sector Comercio, Industria y Turismo) la REVERSIÓN DE PAGOS aplica únicamente para operaciones de comercio electrónico, de esta forma con  B&A GROUP SAS aplica solo para los pagos realizados por medio de tarjeta de crédito, débito u otro instrumento de pago electrónico, en el sitio web o Call Center de B&A GROUP SAS en Colombia, cuando se cumplan las causales establecidas en los artículos 51 de la Ley 1480 de 2011 y 2.2.2.51.2 del Decreto 1074 de 2015 modificado por el Decreto 587 de 2016.

Para hacer efectiva la reversión como consumidor el usuario debe seguir a cabalidad el procedimiento para tal efecto.


SEXTO: ENTREGA DE BOLETERÍA

Si el cliente selecciona el servicio de recoger la boletería podrá hacerlo hasta un día antes del evento, directamente en los puntos autorizados, o en la taquilla el día del evento. Asimismo, el cliente acepta que la boletería será entregada únicamente al titular de la tarjeta con la cual se realizó el pago, quien al momento de recoger las boletas deberá presentar:

– Número de confirmación de compra (proporcionado al finalizar la compra).
– La tarjeta de crédito o débito con la que se realizó la compra.
– Documento de identidad vigente del titular tarjetahabiente (cédula, DNI o pasaporte vigente).

El no presentar los requisitos antes mencionados generará la no entrega de la boletería, sin responsabilidad alguna para  B&A GROUP SAS

Si el cliente selecciona el servicio de impresión de boletería recibirá al correo las boletas en archivos con formato PDF, los cuales podrán ser impresos en cualquier impresora. 

La impresión debe ser legible para que el código de barras pueda ser fácilmente leído.

Al ingreso del evento el cliente debe presentar el tiquete impreso o no podrá ingresar al evento. 

El cliente será responsable por cualquier uso que se dé de dicho archivo una vez el mismo es enviado al correo electrónico.

SEPTIMO: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las compras de boletería se realizan en los términos de la normativa colombiana, ley 527 de 1999 y 1480 de 2011, así como en atención a los términos y condiciones aquí pactadas.

El cliente acepta que la Superintendencia de Industria y Comercio será la encargada de resolver cualquier disputa que pueda suscitarse respecto de las boletas.

De igual forma, el cliente se obliga a presentar su reclamación en caso de proceder primero ante  B&A GROUP SAS, antes de acudir a otros medios para resolver las controversias, así como a hacer uso de todos los métodos alternativos de solución de conflictos tales como la conciliación o la amigable composición.

Para lo cual se agradece al usuario contactar a B&A GROUP SAS  por los siguientes medios mail: community@lachula.com.co teléfono: 3214847329.

En caso de modificaciones sustanciales a la política de devoluciones, las mismas serán informadas de acuerdo con la legislación aplicable.

OCTAVO:PROCEDIMIENTO PARA DEVOLUCIONES

– Solicitud escrita o electrónica con datos del comprador.
– Anexar comprobante de compra.
– El reembolso se hará por el mismo medio de pago utilizado, salvo pacto expreso con el consumidor.

NOVENO: ATENCIÓN AL CONSUMIDOR

– El establecimiento contará con un canal de Peticiones, Quejas y Reclamos (PQR) físico y digital.
– Las respuestas se darán en un término máximo de 15 días hábiles, según los lineamientos de la SIC.
– El consumidor podrá acudir a la Delegatura para la Protección al Consumidor de la SIC en caso de inconformidad.

DÉCIMA: VIGENCIA

La presente política entra en vigencia a partir de su publicación y será aplicable a todas las compras de entradas efectuadas desde esa fecha en adelante.

UNDÉCIMA: CLÁUSULA DE ACTUALIZACIÓN NORMATIVA

La presente política será revisada y actualizada en caso de modificaciones normativas, nuevas circulares o lineamientos emitidos por la Superintendencia de Industria y Comercio, garantizando siempre la protección integral de los derechos de los consumidores.

DUODÉCIMO: ACCESIBILIDAD Y TRATO PREFERENTE

El establecimiento garantizará condiciones de accesibilidad a personas con discapacidad, en los términos de la Ley 1618 de 2013, y adoptará medidas de trato preferente cuando sea necesario para salvaguardar los derechos de grupos vulnerables.

DÉCIMO TERCERO: NORMATIVIDAD VIGENTE:

El Título II de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, establece, como requisitos para la venta de BOLETERÍA, ya sea DIRECTAMENTE o a través de UN TERCERO:

PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN

  • Las personas naturales o jurídicas que organicen y/o promuevan espectáculos públicos deberán proporcionar los siguientes datos al público, directamente o por medio de las personas que vendas boletería para efectos, desde la primera vez que se anuncie la realización del espectáculo y en todas las locaciones donde se realicen los actos de promoción a venta de boletería, independientemente del medio empleado para realizar dicha difusión: 

a) Municipio y ubicación del lugar donde se llevará a cabo el evento; 

b) Clase de actividad que se realiza en el espectáculo; 

c) Fecha y horario en que se llevará a cabo el evento; 

d) Responsable del evento; Nombre, número de identificación tributaria NIT; y domicilio del empresario, persona natural o jurídica organizador y/o promotor del espectáculo público. 

e) Empresas y/o canales autorizados para la venta de boletas. 

f) Artistas principales y secundarios que se presentan en el espectáculo, si es del caso. 

g) Horario de apertura al público y orden de las presentaciones. 

h) La dirección de Internet y/o línea de servicio al cliente donde se pueden ver todas las condiciones particulares del evento, incluyendo precios y descripción del evento. 

A su vez la mencionada indica:

  • Las personas naturales o jurídicas que organicen y/o promuevan espectáculos públicos deberán proporcionar en la dirección de Internet y/o línea de servicio al cliente que tengan dispuesta para la promoción del evento en forma directa o por medio de las personas que vendan boletería para estos efectos, los siguientes datos, además de la información contenida en el numeral anterior: 

a) Condiciones de admisión (incluidas las restricciones en razón de edad), normas particulares o instrucciones relacionadas con el desarrollo del espectáculo. 

b) Características físicas del recinto, número de sillas, número de localidades, ubicación de las localidades, modalidades de acomodación y condiciones de acceso para personas discapacitadas y mujeres embarazadas. 

c) Número total de entradas disponibles. En caso de que se prevean descuentos por compras de boletas en fechas determinadas, el número de boletas disponibles para cada período. En caso de que el espectáculo prevea la disposición del público en localidades, el número de boletas disponibles por localidad. 

Las personas naturales o jurídicas que vendan boletería para espectáculos públicos deberán proporcionar, además de la información que debe suministrar el organizador y/o promotor, los siguientes datos al público: 

a) El precio total de las boletas (incluido el IVA), discriminando los cargos que fueran adicionados, tales como impresión de boletas y costo del servicio a domicilio; 

b) Tiempo de entrega de la boleta, cuando se haya solicitado un envío a domicilio; 

c) Plazo y condiciones para la declinación de compra de la boleta, por parte del consumidor, si están previstos; 

d) Procedimiento para la devolución del dinero, opción de abono o recambio para otro evento, en los casos de cancelación o modificación de las condiciones inicialmente anunciadas: 

MECANISMO DE SEGURIDAD. 

Las personas naturales o jurídicas dedicadas a la organización y/o promoción de espectáculos públicos y a la venta de boletería para espectáculos de este tipo, cuando ocurra su cancelación o sean modificadas las condiciones inicialmente anunciadas, deberán informar, dentro de los tres (3) días siguientes a la concurrencia del hecho, al Superintendente para la Protección al Consumidor y Metrología acerca de las medidas que se están adoptando relacionadas con: 

a) Los medios utilizados para dar a conocer la novedad; 

b) El procedimiento para la devolución del dinero; 

c) El procedimiento para ejercer la opción de abono o recambio para asistir a otro evento, indicando la fecha de realización del mismo».